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Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro que fomenten el empleo y el emprendimiento

La Agencia Local de Desarrollo Económico y Social del Ayuntamiento de Alicante ha abierto la convocatoria de subvenciones por importe de 120.000 euros para entidades sin ánimo de lucro que presenten proyectos relacionados con la atención a jóvenes desempleados de 16 a 35 años o con el desarrollo de acciones y servicios dirigidos a combatir el desempleo entre colectivos con especiales dificultades.

Es objeto de esta convocatoria regular las condiciones de concesión de Subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, a Entidades sin ánimo de lucro, radicadas en el municipio de Alicante, con servicios individualizados dirigidos a facilitar la incorporación, permanencia y progreso en el mercado laboral de determinados trabajadores, o/y a mejorar la atención y acompañamiento a las personas emprendedoras en la puesta en marcha de su iniciativa empresarial, durante el año 2019, y que atiendan a uno o a varios de los colectivos siguientes:

a) Jóvenes en situación de desempleo y con edades comprendidas entre los 16 y 35 años.
b) Mujeres.
c) Personas con discapacidad.
d) Personas desempleadas de larga duración.
e) Personas desempleadas mayores de 45 años.
f) Personas migrantes.
g) Colectivos en situación de riesgo de exclusión social. Se considerarán colectivos en riesgo de exclusión social los siguientes:
1. Internos de centros penitenciarios cuya situación penitenciaria les permita acceder a un empleo, así como liberados condicionales y ex-penados.
2. Personas que tengan reconocida la condición de refugiado y personas solicitantes o beneficiarias de protección internacional,
3. Personas víctimas de violencia de género, sexual o doméstica.
4. Personas que se encuentren en cualquier otra situación de exclusión social o conducente a ella. (acreditada por los servicios sociales)
5. Cualquier otra que en virtud del ordenamiento jurídico comporte la consideración de persona en riesgo de exclusión social.


Requisitos de las entidades solicitantes

Podrán presentar solicitud de subvención en esta convocatoria, las entidades que cumplan los siguientes requisitos:

1. Ser una Entidad que tenga su domicilio social o implantación física en la ciudad de Alicante, con personalidad jurídica propia, sin ánimo de lucro.
2. Tener entre sus funciones o finalidades, la atención preferente a alguno de los colectivos relacionados en la base 1ª de esta convocatoria.
3. No estar incursa en ninguna de las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiaria, señaladas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.
4. Para obtener la condición de beneficiaria, las Entidades solicitantes deberán estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, con la Tesorería municipal del Ayuntamiento de Alicante y frente a la Seguridad Social.
5. Las entidades peticionarias deberán haber justificado en su totalidad las ayudas anteriormente percibidas del Ayuntamiento de Alicante y sus Organismos Autónomos y, en su caso, hallarse al corriente del pago de obligaciones por reintegro de las mismas.
6. No podrán ser beneficiarias de estas ayudas las Entidades que por su especial singularidad o circunstancias ya reciban ayudas económicas de la misma naturaleza y para el mismo objeto por este organismo.
7. No podrán participar y estarán excluidas de la concurrencia en la presente convocatoria:


Plazo y presentación de solicitudes

El plazo de presentación de solicitudes finaliza el próximo 23 de abril de 2019

Las solicitudes se presentarán, mediante instancia normalizada  disponible en la web www.impulsalicante.es, en el Registro General de la Agencia Local, en su sede de Puerta Ferrisa (calle Jorge Juan nº 21, Teléfono: 965145700), o en cualesquiera otra de las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

Más información: Bases y anexos de la convocatoria

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